14/05/2010
OBSTRUCCIÓN DE LA VÍA PÚBLICA. Art. 78, Código Contravencional de la Ciudad de Buenos. Exigencia de dar aviso previo a la autoridad local. Error sobre los presupuestos objetivos de la causa de justificación. Ausencia de dolo. Absolución. AFECTACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS PÚBLICOS. Art. 69, Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires. Ausencia de “intencionalidad”. Absolución.
Texto completo: D’Elía, Luis Ángel s. Infracción art. 78, Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires - Cám. Penal Contrav. y Faltas Sala I, Ciudad de Buenos Aires, Causa 20254-00-CC/2009, 14/05/2010
http://201.216.205.125/sgweb_nueva/pdf/fallos_completos/penal/542/delia.pdf
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